Conclusiones presentadas el 15 de mayo de 2012. Estatuto de los nacionales de países terceros residentes de larga duración. Concepto de “permiso de residencia limitado formalmente”.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Residencia Larga Duración
Fecha: 15/05/2012
Número de recurso: C‑502/10
Comentario:

Conclusiones presentadas el 15 de mayo de 2012. Abogado General Sr. Yves Bot. Asunto C‑502/10. Staatssecretaris van Justitie contra Mangat Singh. Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos). Directiva 2003/109/CE. Estatuto de los nacionales de países terceros residentes de larga duración. Ámbito de aplicación de la Directiva. Alcance de la exclusión prevista en el artículo 3, apartado 2, letra e). Concepto de “permiso de residencia limitado formalmente”. 

Habida cuenta de las consideraciones precedentes, propongo al Tribunal de Justicia que responda al Raad van State del siguiente modo: 

  • "El artículo 3, apartado 2, letra e), de la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro, tal como la controvertida en el litigio principal, que excluye del disfrute del estatuto de residente de larga duración a los nacionales de países terceros que gozan de un permiso de residencia limitado formalmente al ejercicio de una actividad o profesión que supone, por su naturaleza o en virtud de la renovación o prórroga de dicho permiso, una estancia legal y permanente en el territorio de dicho Estado".

Procedimiento:

Jurisprudencia citada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León